En España, los préstamos entre familiares son muy frecuentes. Padres que ayudan a sus hijos a pagar la entrada de una vivienda, hermanos que se apoyan para emprender un negocio, tíos o abuelos que adelantan una cantidad de dinero ante un imprevisto. Son operaciones que surgen en un contexto de confianza, sin intervención de bancos ni contratos complejos. Sin embargo, esa aparente sencillez puede volverse en contra si no se documenta adecuadamente.

En este artículo, vamos a explicarte qué es un préstamo entre familiares, cómo debe formalizarse correctamente para evitar que Hacienda lo interprete como una donación, qué riesgos existen y cómo evitar conflictos legales y personales.

¿Qué es un préstamo familiar y qué lo diferencia de una donación?

Desde un punto de vista legal, un préstamo familiar es un contrato entre particulares, regulado por el artículo 1740 del Código Civil, en el que una persona (el prestamista) entrega a otra (el prestatario) una cantidad de dinero con la obligación de devolverla en el plazo y condiciones pactadas.

La clave está en la voluntad de devolución. Si no existe esta obligación o no puede probarse, Hacienda podrá calificar la operación como una donación encubierta, lo que conlleva la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Por tanto, es esencial que el contrato refleje con claridad que el dinero entregado se presta, no se regala. La diferencia fiscal y jurídica entre ambas figuras es significativa.

Riesgos frecuentes en los préstamos familiares

Aunque no se trate de una operación bancaria, un préstamo entre familiares puede implicar riesgos importantes si no se gestiona correctamente. Estos son los más comunes:

  1. Conflictos personales y familiares

Aunque inicialmente haya buena voluntad, en ausencia de contrato o condiciones claras, pueden surgir malentendidos sobre la obligación de devolver el dinero, los plazos o la forma de pago. Si el prestatario no devuelve el préstamo, el conflicto puede afectar la relación familiar.

  1. Problemas fiscales con Hacienda

Si no se presenta el préstamo ante la Administración, la AEAT puede considerar que ha habido una donación. Esto genera una deuda tributaria, sanciones e intereses.

Por ejemplo, si un padre entrega a su hija 25.000 € sin contrato ni liquidación, Hacienda puede exigirle el pago del Impuesto de Donaciones, cuya cuantía depende de la comunidad autónoma.

  1. Falta de prueba ante un impago

Sin un contrato escrito, el prestamista tendrá serias dificultades para demostrar la existencia del préstamo si necesita reclamar judicialmente. 

¿Es legal prestar dinero entre particulares?

Sí. El préstamo entre particulares es perfectamente legal. No se necesita la intervención de un banco ni una escritura notarial. Basta con un contrato privado, aunque su correcta formalización es esencial para darle validez jurídica, evitar conflictos y cumplir con Hacienda.

Cómo formalizar correctamente un préstamo entre familiares

Aunque no es obligatorio, redactar un contrato por escrito es la mejor garantía legal y fiscal. El contrato puede hacerse en documento privado o elevarse a escritura pública ante notario, lo cual da mayor seguridad jurídica.

Elementos que debe incluir el contrato:

  • Identificación de las partes: nombre completo, DNI/NIE y domicilio de prestamista y prestatario.
  • Importe del préstamo: en número y en letra.
  • Fecha del contrato: esencial para justificar plazos y efectos fiscales.
  • Forma y fecha de entrega del dinero: preferentemente mediante transferencia o cheque.
  • Plazo de devolución: fijo o flexible, pero concretado.
  • Intereses: si no se van a aplicar, debe indicarse expresamente.
  • Cláusulas por impago: posibilidad de aplicar intereses de demora, garantías, o pactos sobre reclamación.
  • Posibles garantías: aunque no es común en préstamos familiares, pueden incluirse (por ejemplo, avales).

Importante: No incluir intereses no significa que no existan obligaciones fiscales. Aunque el préstamo sea gratuito, se debe justificar ante Hacienda.

Obligaciones fiscales: Modelo 600 y declaración

Aunque el préstamo entre familiares esté exento de tributación, es obligatorio presentarlo ante Hacienda mediante el Modelo 600 del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).

¿Quién lo presenta y en qué plazo?

  • El prestatario es el obligado a presentar el modelo 600.
  • El plazo es de 30 días hábiles desde la firma del contrato.
  • Debe presentarse en la Delegación de Hacienda de la comunidad autónoma correspondiente.

La exención del impuesto debe marcarse claramente y adjuntar copia del contrato firmado.

¿Qué pasa si hay intereses?

Si el préstamo incluye intereses, el prestamista debe declarar los intereses recibidos en el IRPF como rendimientos del capital mobiliario.

El prestatario, aunque no está obligado a practicar retención, puede hacerlo. No declarar los intereses puede generar sanciones.

¿Y si no se hace contrato ni se presenta el Modelo 600?

En ese caso, Hacienda puede presumir que se trata de una donación, con consecuencias fiscales muy distintas:

  • Impuesto de Donaciones: debe pagarlo el receptor del dinero.
  • Sanciones e intereses si no se declara.
  • Presunción de simulación fiscal, especialmente si no se documentan los movimientos bancarios.

Por tanto, formalizar por escrito y presentar el préstamo es imprescindible, incluso cuando sea sin intereses.

¿Cómo documentar y justificar los pagos de un préstamo familiar?

Una vez firmado el contrato, es necesario que la devolución del préstamo se realice de forma rastreable: por transferencia bancaria o cheque nominativo. Evita los pagos en efectivo.

Se recomienda conservar:

  • Justificante del ingreso inicial.
  • Extractos bancarios de cada devolución.
  • Copia del contrato sellado por Hacienda.
  • Reconocimientos de deuda si se produce una modificación.

¿Qué pasa si hay impago?

En caso de impago, si existe un contrato bien redactado y justificantes de la entrega del dinero, el prestamista podrá reclamar la cantidad mediante un procedimiento monitorio (si hay prueba documental) o declarativo ordinario.

Si el contrato se firmó ante notario, se puede iniciar directamente una ejecución judicial, sin necesidad de sentencia previa, lo que ahorra tiempo y trámites.

¿Qué ocurre con el préstamo en caso de fallecimiento?

  • Si fallece el prestatario, la deuda pasa a sus herederos. Puede reclamarse contra la herencia, salvo que ésta se repudie.
  • Si fallece el prestamista, el préstamo no desaparece: lo heredan sus sucesores, quienes pueden reclamarlo como crédito de la masa hereditaria.

De ahí la importancia de dejar constancia escrita del préstamo.

Errores comunes que debes evitar

  • No redactar un contrato.
  • No declarar el préstamo a Hacienda: aunque esté exento, es obligatorio.
  • Usar efectivo: evita los pagos en metálico; opta siempre por transferencias.
  • No conservar la documentación: guarda copias de todo.
  • No pactar cláusulas por impago o modificaciones: ante imprevistos, firma un anexo.

Recomendaciones finales para evitar conflictos

  • Consulta con un abogado o asesor fiscal antes de realizar un préstamo familiar.
  • Firma siempre un contrato por escrito, aunque haya confianza.
  • Asegúrate de presentar el Modelo 600 dentro del plazo.
  • Si el préstamo supera los 10.000 o 20.000 €, valora hacerlo ante notario.
  • Establece plazos y condiciones realistas, por escrito.
  • Documenta todo: tanto el ingreso como las devoluciones.

Conclusión

Los préstamos entre familiares son una muestra de apoyo mutuo, pero deben tratarse con la seriedad jurídica que requieren. Lo que comienza como un gesto de buena voluntad puede derivar en problemas personales, fiscales o legales si no se formaliza correctamente.

Redactar un contrato, presentar el modelo 600, declarar los intereses si los hay y conservar los justificantes no solo protege a ambas partes, sino que garantiza la validez del acuerdo y la seguridad jurídica en caso de conflicto.

Si vas a prestar o pedir dinero a un familiar, hazlo bien desde el principio. La confianza no está reñida con la prevención legal.